Esto, sin embargo, no puede frenar la lenta caída de este puerto y también isla. Tras la decisión de Tarraco/Tarragona como capital de la provincia de la Tarraconesis, el tráfico marítimo cambia y empieza a tomar unas sendas más próximas a la recién conquistada Mallorca (123 a. C.). Las islas de Ibiza y Formentera, al lado de mucho más de cincuenta islotes —el mucho más grande de los que es Es Vedrá, con una altura de 382 m—, reciben el nombre de islas Pitiusas. Forman un archipiélago diferente al que viene dentro por Mallorca y Menorca, si bien hoy en día se hable del archipiélago Balear y formen una parte de la misma unidad administrativa. Ocupa una superficie de 572 km² y por ella discurre un solo río, el de Santa Eulalia del Río, único río de Baleares, que desde hace bastantes años continúa seco en buena parte de su longitud por la excesiva explotación de los elementos acuíferos de la isla. La máxima altitud de la isla es Atalayasa con 475 metros de altura.
D) Inspeccionar las ayudas a la navegación marítima cuya instalación y mantenimiento corresponde a terceros y, en su caso, a costa de éstos, la adopción de las medidas conducentes al restablecimiento del servicio, incluyendo las derivadas del ejercicio de la potestad sancionadora, en el momento en que proceda. Únicamente podrán prestar este servicio las compañías que, habiendo logrado la correspondiente licencia de la Autoridad Portuaria, hayan sido autorizadas por el órgano medioambiental competente para la realización de las actividades de administración de los desechos a que tiene relación este servicio y, además, hayan acreditado documentalmente un deber de aceptación para su régimen o eliminación por la parte del administrador destinatario. Se tienen dentro en este servicio las actividades de obtenida de desechos generados por buques, su traslado a una instalación de tratamiento autorizada por la Administración competente y, en su caso, el almacenamiento, clasificación y tratamiento previo de exactamente los mismos en la región autorizada por las autoridades competentes. D) La conducción, enganche y desenganche de cabezas tractoras que embarquen o desembarquen remolques o semirremolques, si el transporte se genera sin solución de continuidad desde fuera de la región de servicio del puerto hasta su embarque, o desde el barco hasta fuera de la mencionada zona.
Red Social Valenciana
El hecho imponible de esta tasa consiste en la ocupación del dominio público portuario, y del vuelo y subsuelo del mismo, en razón de una concesión o autorización, e incluye la prestación de los servicios comunes del puerto relacionados con el dominio público ocupado. E) Los titulares de servicios comerciales y actividades que, no estando vinculados a la ocupación privativa del dominio público, estén relacionados directamente con la entrada o salida de la zona de servicio del puerto de mercancías o pasajeros. Lo mismo será exigible a la Autoridad Portuaria en el momento en que preste directamente un servicio portuario. En el título concesional se incorporarán, además de las condiciones relativas a la ocupación del dominio público portuario, las relativas a la actividad o a la prestación del servicio. Estará sosten a previa concesión otorgada por la Autoridad Portuaria la ocupación del dominio público portuario, con proyectos o instalaciones no desmontables o usos por plazo mayor a tres años. La ocupación de espacios de dominio público portuario premeditados a usos portuarios por los órganos o entidades de cualquier Administración pública, para el cumplimiento de los fines de su rivalidad, solo podrá autorizarse para usos o ocupaciones que, por su relación directa con la actividad portuaria, deban realizarse necesariamente dentro de los mismos.
4.º El izado o transferencia de la mercancía y su colocación en un medio de transporte o en el muelle o pantalán al costado del buque. 4.º La estiba de la mercancía en bodega o a bordo del buque, según los planes de estiba e advertencias del capitán del buque o de los oficiales en quienes delegue esta responsabilidad. No estará incluido en el servicio portuario el manejo de pasarelas, rampas y otros medios mecánicos de la Autoridad Portuaria cuando se efectúe con nuestro personal de la misma. B) Servicio de carga y descarga de equipajes, que entiende la organización, control y, en su caso, manejo de los medios precisos para la recepción de los equipajes en tierra, su identificación y traslado dentro del buque y su colocación en el sitio o lugares que se confirmen, así como para la obtenida de los equipajes dentro del buque desde el lugar o sitios que se confirmen, su traslado a tierra y su distribución a todos los usuarios. B) Detallar sugerencias para las Autoridades Portuarias y entidades prestadoras de servicios, conformemente con las conclusiones emitidas por el Observatorio Permanente del Mercado de los Servicios Portuarios. B) Alcance dicho porcentaje por medio de otras licencias en cuyos sucesos tenga predominación eficaz.
Capítulo Iicomercio Exterior De Buques
O) Navegar sin sistemas de señalización reglamentariamente establecidos que permitan la ubicación y visualización persistente del buque o embarcación o aparato destinado a usos de transporte, pesca o de recreo. Ñ) Las acciones u omisiones no comprendidas en los apartados anteriores que pongan en peligro la seguridad del buque o de la navegación. J) La falta de conocimiento o cumplimiento por parte de los integrantes de la dotación de todo buque civil español de sus obligaciones y funciones atribuidas en el pertinente cuadro orgánico para ocasiones de siniestro, aprobado por la Administración de acuerdo con los reglamentos aplicables. B) El vertido no autorizado desde buques o artefactos flotantes de artículos sólidos, líquidos o gaseosos en la Región II, exterior de las aguas portuarias. I) El incumplimiento de la normativa o de las normas que en temas de seguridad marítima o de polución se dicten por los órganos competentes.
En estos supuestos, el término inicial de la concesión va a coincidir con la fecha de extinción de aquélla o con la fecha de finalización de las proyectos por la Autoridad Portuaria. No obstante, no podrán transcurrir mucho más de un par de años desde el acuerdo de otorgamiento de la concesión hasta la eficaz puesta a disposición de los terrenos. Se ajusta a las Autoridades Portuarias la provisión y gestión de espacios y también infraestructuras portuarias básicas, promoviendo tanto la actividad económica en los puertos como la prestación de los servicios por parte de la idea privada. Respecto del dragado portuario, se incorporará al emprendimiento, en el momento en que proceda, un estudio sobre la viable localización de restos arqueológicos que se someterá a informe de la Administración competente en materia de arqueología. Cuando el dragado se ejecute fuera de la Zona I o interior de las aguas portuarias, se incluirá, además de esto, una investigación de evaluación de sus efectos sobre la activa litoral y la biosfera marina, que se someterán a informe de las Gestiones eficientes en materia de pesca y medio ambiente con carácter antes de su autorización.
Licencia De Pesca Marítima Recreativa Para Embarcación
Reglamentariamente se establecerá el trámite a continuar para la revocación de las licencias. B) Que los transmitentes y los adquirentes cumplan los requisitos establecidos en las prescripciones particulares del servicio en relación con la oportunidad de transmisión de la licencia. C) Ámbito geográfico al que se prolonga la prestación del servicio.
Las obras de relleno en el dominio público portuario requerirán autorización de la Autoridad Portuaria. La Comunidad Autónoma y los Municipios en los que se ubique la zona de servicio del puerto emitirán reportes en relación con sus competencias de ordenación del territorio y urbanismo. También, la Red social Autónoma emitirá informe en relación con sus competencias sobre pesca en aguas interiores y ordenación del ámbito pesquero. A) Los dueños, socios, consejeros, directores, gerentes, cargos de seguridad, o directivos generalmente de sociedades o empresas que presten servicios o desarrollen ocupaciones en el puerto, cuya concesión, autorización o contratación sea competencia o corresponda suscribir a la Autoridad Portuaria, salvo que ostenten un cargo de representación empresarial electivo de ámbito estatal, autonómico o local.
Son sujetos pasivos de las tasas las personas físicas o jurídicas que soliciten la prestación de servicios que forman el hecho imponible. Constituye el hecho imponible de la tasa la prestación de los servicios de expedición o renovación de la Libreta Marítima, que se requiere para el ejercicio de la profesión en buques de acuerdo con las disposiciones vigentes. Las funciones encomendadas a las Autoridades Portuarias en los apartados anteriores de este producto se ejercerán, en la situacion de los puertos de rivalidad de las Comunidades Autónomas, por la Administración portuaria de la que dependan. Será de aplicación, en cualquier caso, lo preparado en el apartado siguiente.
Precisamente a mitad del siglo VII a. Se funda el primer asentamiento permanente en la región S-W, el yacimiento de Sa Caleta, que se ocupará hasta finales del mismo siglo, en el momento en que va a ser descuidado. Es irreconocible el destino de los pobladores que pudieran conseguir estos marinos fenicios, pero a todos los efectos desaparecen como entidad propia.